El Banco Central de Venezuela (BCV) publicó, en la Gaceta Oficial Nº 40.267, el aviso oficial en el que le informa al público en general las tasas de interés aplicables a las obligaciones derivadas de la relación de trabajo, la tasa de interés para adquisición de vehículos bajo la modalidad Cuota Balón, tasas de interés para operaciones con Tarjetas de Crédito y tasas de interés para operaciones crediticias destinadas al sector Turismo.
Las tasas de interés aplicables a las obligaciones derivadas de la relación de trabajo referentes a los artículos 128, 130 142 y 143 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Trabajadoras quedan establecidas a 15,76%. Por su parte el Tercer apartado del decreto de Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Trabajadoras quedan establecidas a 15,13%.
Los intereses de los créditos vigentes destinados a la adquisición de vehículos otorgados mediante contrato de venta con reserva de dominioy mediante la modalidad “cuota balón” el BCV los estableció a 15, 76%
Tasas en las tarjetas de Crédito
En el mismo aviso oficial, el BCV también estableció que 29% y 17% serán las tasas de interés activa máxima y mínima anual, respectivamente, a ser aplicada por las instituciones que se rigen por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales. Este porcentaje se aplicará en octubre de 2013. La tasa de interes mínima no podrá perjudicar las tasas de interés activas mínimas especiales dictadas por el BVC mediante Avisos Oficiales.
Las instituciones que se rigen por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales podrán cobrar como máximo 3% anual por las obligaciones morosas de sus tarjetahabientes para el mes de octubre de 2013.
Turismo y los créditos
La tasa de interés activa máxima preferencial a ser aplicada por las instituciones regidas por el Decreto de Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales a las operaciones crediticias destinadas al sector turismo, que regirá el mes de octubre de 2013 será de 9,47%.
Fuente: http://bancaynegocios.com