El tribunal de la Unión Europea (UE) anuló este viernes las sanciones impuestas por la UE a siete entidades financieras y un residente iraní debido a su presunta relación con el controvertido programa nuclear de Teherán.
En su fallo, el tribunal con sede en Luxemburgo consideró que la UE «no aportó la prueba de los hechos» que le imputa a algunas de las empresas cuestionadas o que cometió «un error de apreciación» o «violó la obligación de motivación y la obligación de comunicar» respecto a otras firmas implicadas.
Por ello, la congelación de los activos de estas entidades financieras y de Naser Bateni, director de una de las sociedades afectadas, fue anulada.
Sin embargo, la anulación de las sanciones no tendrá un efecto inmediato, precisó el tribunal. Las sanciones se mantendrán hasta que expire el plazo del recurso, es decir, todavía dos meses y diez días o, si se presenta otro recurso, hasta el rechazo del mismo.
Durante este período, la UE tiene la posibilidad de decidir nuevas sanciones contra las personas y entidades concernidas, recordó el tribunal.
Con el objetivo de presionar a Irán para que ponga fin a su controvertido programa nuclear, la UE adoptó en los últimos años varias medidas para congelar los fondos de las empresas o personas que considera que están implicadas en la proliferación nuclear.
Por otro lado, el tribunal de la UE confirmó las sanciones a otras dos entidades financieras: el Europäisch-Iranische Handelsbank y el Bank Melli Iran. Respecto a este último, el tribunal consideró que el hecho de haber garantizado el pago de becas de estudios de la organización iraní de la energía atómica constituye «un apoyo a la proliferación nuclear».
Fuente: Agencia AFP