El Ministerio de Turismo mediante resolución establece que los turistas deberán contratar un seguro de viajero para servicios médicos y la pérdida, hurto o robo de equipaje.
En la Gaceta Oficial No. 40.349 del cinco de febrero el despacho señala que «los prestadores de servicios turísticos deben notificar a los turistas al momento de venta del boleto sobre el carácter obligatorio de adquisición del Plan de Cobertura de Servicios Médicos y de pérdida, hurto o robo de equipaje. Asimismo, los turistas que ingresen al territorio a través de vehículos a motor particulares, adicional al Plan de Cobertura de Servicios Médicos y pérdida por robo, podrán tramitar de manera voluntaria la contratación de una póliza de transporte terrestre».
Se añade que los costos de los planes de coberturas tienen que ser notificados al Ministerio de Turismo, «debiendo cumplir dichos costos con lo establecido en las leyes que rigen la determinación de precios justos de bienes y servicios». Las agencias de viaje quedan excluidas como intermediarias en la compra de los seguros de viajeros. Los proveedores del servicio serán autorizados por el Ministerio de Turismo
La norma agrega que aquellos que prestan servicios de transporte aéreo deberán contratar una empresa proveedora del plan de cobertura de servicios médicos y de robo de equipaje antes del 15 de febrero de este año, debiendo consignar el contrato al Ministerio a partir del 16 de febrero.
Los proveedores de los servicios de seguros de viajeros tienen hasta el 31 de marzo para adecuarse a la normativa.
Fuente: EL UNIVERSAL